DIVORCIO PARA EL ESTADO DE VERACRUZ.
- GR Juridico Contable
- 12 jun 2018
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Actualizado: 26 mar 2021
El divorcio es la acción que disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. Se clasifica en divorcio voluntario, que puede ser administrativo o voluntario contencioso; necesario o causal, y unilateral por la vía judicial. La sentencia de divorcio fija la situación de los hijos menores de edad, lo relativo a la división de los bienes, el pago de alimentos, como acciones fundamentales por parte de la autoridad jurisdiccional.
Entonces, el divorcio es la forma jurídica de disolver el matrimonio, y sólo es válido mediante la sentencia de una autoridad judicial competente que declare disuelto el vínculo matrimonial, a la petición de uno o amboscónyuges, con fundamento en las causas y formas establecidas por la ley.


