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LA SCJN DETERMINA QUE UNA MADRE NO TIENE MÁS DERECHOS QUE EL PADRE SOBRE LOS HIJOS

Actualizado: 27 mar 2021


Conscientes de que los roles establecidos en la familia mexicana han evolucionado, siendo cada día mayor la participación del hombre en el cuidado de los hijos, las instituciones impartidoras de justicia se han alejado paulatinamente de las nociones que asumían una mayor aptitud de las mujeres para el cuidado de la familia. Hoy, se reconoce que dichas nociones se basaban en estereotipos de género que violan el principio de igualdad.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el hecho de ser mujer no le da a la madre más derechos sobre el padre para obtener la guarda y custodia de un menor de edad, aunque se trate de una niña. La Primera Sala concluyó que constituye un estereotipo pensar que la mujer es la más apta e idónea para cuidar a los hijos.

Los ministros concluyeron que el padre o la madre están igualmente capacitados para atender y cuidar a los hijos.

Señalaron que en los juicios de guarda y custodia es obligación de los jueces y magistrados analizar el principio de igualdad entre el hombre y la mujer.

El objetivo es que se eliminen los prejuicios de género que ponen a la madre por encima de los derechos que también tiene el padre sobre sus hijos.

La sentencia destaca que el juez debe buscar que los menores vivan en el ambiente más propicio para el desarrollo integral de su personalidad, protegiendo así­ el interés superior del niño.




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